AUTONOMIA UNIVERSITARIA*
* por Guillermo Estévez Boero, 1996.
Señor Presidente:
La señora ministra de Educación ha formulado
recientemente declaraciones en las que se manifiesta a favor
del establecimiento de cupos en el ingreso universitario,
relativizando a su vez los alcances de la autonomía
universitaria que consagra el artículo 75, inciso
19 de la Constitución Nacional (" La Nación",
6-5-96 ). Estas afirmaciones resultan censurables desde dos
puntos de vista; en primer lugar porque soslayan la normativa
constitucional y en segundo lugar porque replantean un pensamiento
educativo de elites que no se corresponden con la realidad
social y económica del país, tanto del presente
como del futuro, ni con los antecedentes de nuestra educación.
Las opiniones de los ministros del Poder Ejecutivo no pueden
desconocer la preceptiva constitucional. El artículo
75, inciso 19 de la Constitución establece como referencia
ineludible de la normativa educativa, la autonomía
universitaria.
Como dice Bartolomé Fiorini, la autonomía
es un término con raíz política porque "los órganos
autónomos provienen del derecho político sin
relación con la autoridad de la administración,
pues surgen a la vida jurídica por voluntad de sus
integrantes, estableciendo los poderes que regularán
su existencia y las normas que regularán su actividad" (Manual
de derecho administrativo, 1ª. Edición, Editorial
de la Ley S.A., Buenos Aires, 1968, tomo I , página
145). La autonomía universitaria que según
Carlos Sánchez Viamonte es "reconocer a cada
universidad nacional el poder necesario para darse su propio
estatuto, es decir para darse sus propias instituciones locales
y regirse por ellas " (Universidad, educación
y laicismo, Ediciones SAGA, Buenos Aires, 1968, página
186), tiene un entroncamiento histórico que hace de
aquel atributo un elemento consustancial a su existencia.
Francisco Giner de los Ríos dice que las antiguas
universidades "eran verdaderas repúblicas, casi
independientes, apenas subordinadas al Estado y a la Iglesia,
y repúblicas federales, de facultades y naciones,
que a su vez, ... poseían su peculiar autonomía.
Este self government se muestra en el principio electivo,
generalmente aplicado al nombramiento de sus funcionarios:
... Cada nación y facultad se gobernaba a sí propia,
y otro tanto se dice de la Asamblea General de la Universidad
- asamblea que entre nosotros llevó siempre el nombre
de Claustro (por reunirse en el de la catedral), y en la
cual residía verdaderamente el gobierno supremo de
la corporación: lo mismo cuando constaba sólo
de maestros, como en París, que de maestros, graduados
y estudiantes, como en Bolonia y en España" (
Obras completas, 1ª. Edición, La Lectura, Madrid,
1924, tomo X, página 179). Por su parte José García
Mercadal escribe: "La universidad española anterior
al Renacimiento había sido sociedad autónoma
que tenía por autoridad suprema al rector, elegido
por los estudiantes, y que por sí misma, nombraba
a sus catedráticos, pudiéndolo ser incluso
extranjeros, porque a pesar de los peculiares caracteres
nacionales de cada universidad, la organización universitaria
era internacional, y tenía por lengua común
el latín” (Estudiantes, sopistas y pícaros,
2ª. Edición, Espasa-Calpe Argentina S.A., Buenos
Aires, 1954, página 211).
Aunque empalideció bastante durante el siglo XVIII
como consecuencia de las ideas centralistas del despotismo
ilustrado y del academicismo, la autonomía universitaria
se revitalizó en la América independiente,
pudiéndose registrar varios antecedentes. Entre ellos
se señala el proyecto presentado al gobierno de la
provincia de Buenos Aires (entonces provincial), el ilustre
Juan María Gutiérrez, en el año 1872.
En él, como en su posterior proyecto de Ley Orgánica
de Instrucción Pública para la provincia de
Buenos Aires, Gutiérrez, afirma el carácter
de la autonomía universitaria en los siguientes términos: “La
universidad se gobierna a sí misma; dicta sus reglamentos
, establece sus programas, elige los profesores, premia y
corrige a sus discípulos y subordinados a ella, impone
decretos y retribuciones equitativas a los concurrentes a
sus aulas, elige y destituye a sus empleados, profesores
y funcionarios, con arreglo a sus leyes internas que deben
ser claras, precisas, conocidas del público y aprobadas
por la Legislatura” (Sánchez Viamonte).
Con excesiva frecuencia han recurrido las autoridades ministeriales
al organismo jurisdiccional, ya que a pesar de que la Ley
de Educación Superior dejó librado a cada universidad
fijar o no el pago de aranceles (artículo 29), el
Ministerio apeló todos los estatutos que se adecuaron
a la norma pero garantizan la gratuidad.
Desde entonces y hasta su consagración constitucional
en 1994, se presentaron muchos proyectos legislativos para
asegurar la autonomía universitaria, entre los que
es deber destacar el del diputado socialista Julio V. González
cuya preocupación por el problema, su talento y su
actuación como líder del movimiento de la Reforma
Universitaria le asignan una autoridad no igualada.
Según enseña Sánchez Viamonte, para
que exista autonomía universitaria, es necesario que
no exista interferencia alguna de los poderes constituidos
que forman el gobierno ordinario en el orden político,
es decir, el Ejecutivo y el Legislativo. “No es posible
decir lo mismo del Poder Judicial – agrega – porque
no escapa a su jurisdicción ninguno de los problemas
jurídico—constitucionales que se puedan suscitar
en la universidad”.
La ministra de Educación ha dicho: “En muchas
universidades, particularmente la UBA (Universidad de Buenos
Aires), hay un abuso de interpretación del concepto
de autonomía universitaria... yo creo, que como todos
los derechos legislados en la Constitución nacional
es pasible de regulaciones” (“La Nación”).
La autonomía es una categoría que no admite
grados ni menos aún “abusos”. A partir
de l introducción del principio de la autonomía
universitaria en la Constitución, quedaron archivadas
las divergencias en torno a si se podía admitir esa
institución en el marco de nuestro derecho constitucional,
o bien se trataba de una mera autonomía imperfecta,
entenada de una delegación legislativa. (Ver sobre
estas cuestiones: Mabel B. Tomasini, “La autonomía
universitaria”, en Lewcciones y ensayos, edición
de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad
de Buenos Aires, Buenos Aires, 1961, Nº 21-22, página
225 y siguientes.)
Hablar como lo hace la funcionaria de “abusos” en
el ejercicio de la autonomía, es tanto como imputar
una ilegalidad. Si así fuera, si la universidad mediante
algún acto exorbitara sus atribuciones, ese acto debería
ser fulminado incontinenti de nulidad. ¿Y de qué manera
exorbitaría sus facultades la universidad? Asumiendo
atributos de soberanía, único grado al que
podría ascender la exorbitancia. Decía el autor
mexicano Pablo González Casanova: “La universidad
no es un Estado y no puede serlo. Y pensar lo contrario es
un disparate; tanto cuando se confunde la autonomía
con los atributos de la soberanía, como cuando se
postula el uso del ejército y la policía para
la solución de los problemas universitarios”.
(“La universidad contemporánea: crisis y cambio
social” en Cuadernos Americanos, México, septiembre-octubre
de 1966, Nº 5, volumen CXLVIII, página 13).
Las referencias a los “abusos” de la autonomía,
traen a la memoria algunas cosas que se decían en
los años de la dictadura de Onganía después
de la intervención decreta a las universidades: “Lo
que no se puede aceptar es que la universidad no haya luchado
por integrarse en el medio, en vez de buscar separarse de él
enarbolando el signo equívoco y desquiciante de la
autonomía” ; “Al ponerse punto final al
régimen liberal se ha quebrado uno de los términos
de la fórmula universidad autónoma igual a
liberalismo ineficiente”; “La universidad se
ha quedado de pronto sin argumentos para permanecer al margen
de la comunidad”. “Estas son algunas de la frases –decía
John William Cooke- que resultan antológicas porque
provienen de algún fanático canes Papiro, Buenos
Aires, 1972, página 113).
Declaraciones como las de la ministra parecen señalar
que en el ideario oficialista no se termina de asumir el
principio de la autonomía universitaria a pesar de
que lo votaron en la Convención Constituyente de 1994.
No se comprende que “La autonomía universitaria
es un sistema de gobierno que, como la libertad de cátedra
favorece, no sólo a la universidad, sino al gobierno
que la respeta” (González Casanova, página
12).
Igual reparo merece la referencia de la funcionaria a la
eventual “regulación” legislativa de la
autonomía universitaria. La ministra subsume con el
sustantivo abstracto que emplea-“regulación”-
el verbo limitar en el verbo reglamentar. La reglamentación
que prescribe la Constitución no le resta operatividad
a ninguno de los derechos, garantías y declaraciones
políticas que ella establece, y mucho menos aún,
autoriza deducir que de una reglamentación, se pueda
establecer una limitación o dicho más claramente
, que se acoten esos derechos como alega la Ministra al afirmar
que todos los derechos que legisla la Constitución
son pasibles de “regulación”. Pensar lo
contrario es confundir lo que se conoce como el poder constituyente
con el poder constituido, y eso no es una trivialidad, pues
esta distinción configura uno de los principales sustentos
del estado de derecho (ver Carlos Sánchez Viamonte:
Es poder constituyente, Editorial Bibliográfica Argentina,
Buenos Aires, 1957, página 238 y siguientes).
La educación es un derecho reconocido constitucionalmente
y consagrado en la Declaración Universal de Derechos
Humanos de 1948 y en otros tratados internacionales que han
adquirido para el ordenamiento jurídico nacional jerarquía
constitucional. En consecuencia, el derecho a la educación
debe ser de acceso irrestricto, porque su verdadera esencia
democrática no reside solamente en la búsqueda
permanente de igualdad de oportunidades, sino en la superación
de las injustas o irritantes desigualdades del presente.
Este es el sentido que marca la Carta Magna en su artículo
75, inciso 23, cuando establece para el Congreso de la Nación
el deber de legislar y promover medidas de acción
positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades
y posibilidades sin discriminación alguna. Queda establecido,
entonces, que por imperativo constitucional, el Poder Legislativo
tiene limitada la facultad de limitar, en vocabulario de
la funcionaria ministerial “regular”.
La ministra de Educación se lamenta del ingreso
irrestricto y de la gratuidad de la enseñanza. Se
expresa a favor de los cupos y del arancelamiento: “En
ningún lugar del mundo existe la política universitaria
que hay en nuestro país... La universidad debe asegurar
un título que sirva al mercado de trabajo”.
Si los argentinos no hubiéramos perdido, lamentablemente,
la capacidad de horrorizarnos, la afirmación de la
ministra de Educación, que los títulos de la
universidad deban servir al mercado de trabajo debería
provocar su inmediata remoción. La universidad debe
formar a la juventud y accesoriamente debe otorgar alguna
especialidad con incidencia o no en el mercado de trabajo.
La universidad no es una matricera que prepara los dientes
del engranaje que requieren las multinacionales. El conocimiento
está al servicio de la conformación del hombre
y su realización. El trabajo es un medio no un fin,
solamente la primitiva y degradada recepción de las
fórmulas thatcheristas y reaganistas pudieron introducir
en nuestro país estas aseveraciones del capitalismo
salvaje, insolidario, inmoral, antisocial y antinacional
que impera para drama de los argentinos en los despachos
oficiales.
También resulta paradójico la manera en que
algunos integrantes del gobierno apelan, a su gusto y conveniencia
al derecho comparado. Lo invocan cuando les resulta, lo ignoran
cuando se les niega. La señora ministro de Educación
se refocila en la poco difundida práctica –que
habría-del ingreso irrestricto a las universidades
en otros países del mundo y de su gratitud.
Decía Alejandro Korn, el más importante de
los filósofos argentinos, refiriéndose a la
Reforma Universitaria. “No podemos renunciar a la propensión
simiesca de la imitación tan desarrollada en el espíritu
argentino. Promulgadas las reformas últimamente conseguidas,
más de una vez he escuchado la angustiada pregunta: ¿En
qué país ha visto usted semejante cosa? Y pues
valido de la erudición ajena he llegado a saber que
algo análogo se usaba en la vieja Universidad de Salamanca.
Todo antes de confesar nuestro coraje de hacer algo propio”.
(“La reforma universitaria y la autenticidad argentina” en
La Reforma Universitaria (1918-1930 ), compilación,
prólogo, notas y cronología de Dardo Cúneo,
Biblioteca Ayacucho, Caracas. s/f, página 140)
Recoge la señora ministra el modelo nutrido por
las instrucciones del Banco Mundial, que se pues de aplicar,
eficazmente, tanto a una universidad como a un supermercado,
ya que su objetivo se concentra en determinar el manejo de
los recursos y los gastos, acotando la autonomía a
su función economicista; pero olvida o desconoce las
recomendaciones que formula la Organización de Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
en su Documento sobre Política para el Cambio y el
Desarrollo de la Educación Superior. La UNESCO señala
el peligro de confundir la liberalización de las relaciones
económicas en la ausencia de políticas sociales
públicas, en particular en relación con el
financiamiento de la educación superior y el grave
riesgo de que la exiciones lleven a la “sponsorización” de
la enseñanza.
Bien se ha sostenido que “la política del
ingreso directo que busca la línea de continuidad
de los estudios medios con los superiores, y procura no producir
ninguna selección elitista, ningún dique de
contención que convierta en exclusivos a los estudios
universitarios, no puede asimilarse a un tratamiento equivalente
al de la libertad de mercados. No se trata s de liberar a
la universidad al espontaneísmo de las demandas, sino
fundamentalmente de ofrecerla para que sirva efectivamente
de oportunidad de perfeccionamiento y de realización
personal a la mayor cantidad de jóvenes” ( Adolfo
Luis Stubrin ): “Universidad y democracia” en:
La reforma universitaria 1918-1988. Editorial Legasa S.A.,
Buenos Aires, 1989, página 59 ).
Como lo señala Adolfo Posadas, citando al autor
de la Sociología pura (M. Ward) “por otra parte
la enseñanza pertenece a la categoría de empresas
humanas que no pueden someterse a la acción de la
ley económica de la oferta y la demanda. No pueden
regirse por los principios comerciales. No hay demandas de
enseñanzas en sentido económico. La acción
de la sociedad –añade Ward – inaugurando
y estableciendo un sistema de enseñanza, por defectuoso
que sea, es sin duda la forma más rica en esperanzas
realizada hasta aquí por el hacer colectivo. Esta
acción tiene un gran alcance, aún ahora, y
en el porvenir significa nada menos que la apropiación
social completa de la obra individual que ha civilizado el
mundo” ( Antonio Posadas: Pedagogía, Valencia.
1909, Editorial F. Sempere y Cía., página 8).
El ingreso irrestricto a la universidad es uno de los postulados
que se derivan de los fundamentos del movimiento de la Reforma
Universitaria: gratuidad, autonomía y cogobierno.
Como hemos dicho alguna vez, el ingreso irrestricto hace
a la concepción general de la universidad, y nos da
las bases –como decía José Luis Romero – no
de una universidad reformada, sino de una universidad reformista
que son dos cosas diferentes. (Guillermo Estévez Boero: “Balance
de los 70 años de la Reforma Universitaria”,
en : La Reforma Universitaria 1918 – 1988. Editorial
Legasa S.A., Buenos Aires, 1989, p. 219)
Ya lo planteábamos en 1988 cuando presentamos nuestro
proyecto de ley universitaria, los cupos y los exámenes
de ingreso no producen una mejora en la eficiencia ni en
la calidad de la enseñanza, lo que sí determinan
es una verdadera selección de un fuerte contenido
social. El objetivo que debe tener la enseñanza es
el de acoger más y formar mejor. A la lógica
de selección-exclusión debe anteponerse el
aumento de la cantidad y el mejoramiento de la calidad de
la enseñanza que es el único camino compatible
con el interés general. Propiciamos esta concepción
de universidad abierta, autónoma, participativa y
gratuita, con acentuación de valores éticos
y morales que coincide con el documento de UNESCO citado,
cuando dice “el proceso de globalización brinda
pruebas adicionales de que el desarrollo moderno de recursos
humanos implica no solamente una necesidad de pericia de
un profesionalismo avanzado, sino también una total
conciencia de los temas sociales, culturales y ambientales”,
y comparte el análisis de Jacques Delors, titular
de la Comisión de Educación para el Siglo XXI
de UNESCO cuando dice que “el crecimiento económico
a ultranza no se puede considerar ya el camino más
fácil hacia la conciliación del progreso material
y la equidad” y de la necesidad de “mayor autonomía
para las universidades”. Ciertamente esta concepción
está contrapuesta con la filosofía educativa
elitista que predica la titular del Ministerio de Educación
de la Nación, que impulsa una política de admisiones
preferenciales y el control en el acceso a la educación
pública sobre la base de criterios de selección
con parámetros exclusivos de rendimiento, de eficacia
y de excelencia.
Escribía Denis Diderot en pleno siglo XVIII : “...
sería tan cruel como absurdo condenar a la ignorancia
a las clases subalternas de la sociedad. En todas hay conocimientos
de los que no se puede estar privado sin sufrir las consecuencias.
Estando el número de las cabañas y otros edificios
particulares en relación con el de los palacios, en
una proporción de 10.000 a uno, se puede apostar 10.000
contra uno a que el genio, el talento y la virtud saldrán
más bien de una cabaña que de un palacio” (“El
hombre en la naturaleza y en la sociedad”, en Jean
Luc: Diderot, traducido del francés por Angela Selka
y Antonio Sánchez Barbudo, 1ª. Edición,
Fondo de Cultura Económica, México, 1940, tomo
II, página 279).
¿Puede admitirse realmente que un gobierno como
el actual, inficionado con una política económica
y social que secciona y fragmenta cada vez más a la
sociedad y margina cada vez a mayores sectores de la población,
se preocupe en este caso de las frustraciones de los graduados? ¿No
es preferible que ponga su eje en el más elemental
de los sentimientos de frustración que es el de la
falta de trabajo? Es bueno recordarle que es el de la falta
de trabajo? Es bueno recordarle a la señora ministra
lo que decía en esta misma ciudad de Buenos Aires
José Ortega y Gasset en 1916: “Más peligroso
para una sociedad que los muchos fracasos es que haya pocos
ensayos” (Meditación del pueblo joven, 1ª.
Edición, Espasa Calpe, Madrid, 1964, página
23).
En un proyecto de país serio y responsable, inspirado
en el respeto por la dignidad y la solidaridad, nada de lo
humano puede ni debe dejarse de lado, porque como afirmaba
quien fuera el numen de la Reforma Universitaria iniciada
en Córdoba en 1918, Deodoro Roca: “La ciencia
en definitiva no es otra cosa que la experiencia de la humanidad
hecha sistema, orden, claridad, armonía”. Y
más adelante: “Así como la solidaridad
de las inteligencia sirve a la obra científica, la
solidaridad de las voluntades será útil para
los sufrimientos par las ideas morales que es precioso esparcir” (Ciencia,
maestros y universidades, Editorial Perrot, Buenos Aires,
1969, página 15).
En una erudita disertación pronunciada los días
6, 14 y 29 de diciembre de 1926 en el Consejo Superior de
la Universidad de Buenos Aires, combatiendo la ordenanza
de limitación numérica sancionada por la Facultad
de Ciencias Médicas, decía Alfredo L. Palacios
que en general la limitación numérica lejos
de lo que se cree, entre nosotros se establece para garantizar
precisamente a los mediocres su carrera. En el sistema de
libre admisibilidad, por el contrario, “...los faltos
de energía para el trabajo a los escasos de inteligencia
no resisten al sistema de libertad de aprender y se eliminan”.
Relativiza Palacios las referencias en lo que se refiere
a los Estados que establecen restricciones, limitación
o cupos al libre ingreso en la universidad y da cuenta de
los diferentes dictámenes requeridos para otras carreras
universitarias. “Limitar – agregar – es
la antítesis de seleccionar, ... limitar, ... significa
poner fin”. Y agrega: “Sarmiento, cuya actividad
se transforma proteicamente para fecundar todas las fases
de la existencia común, en un gigantesco impulso de
elevación; Sarmiento, cuya obra es límpida
fuente que abrevará siempre a los hombre anhelantes
de mejoramiento colectivo; Sarmiento, como si estuviera reprobando
la ordenanza de limitación numérica, dice que
la escuela, el colegio, el instituto, la universidad democrática,
es la que no mezquina la ciencia ni la administra diferencialmente,
ni tiene de a las exclusiones, sino que la considera como
la fuente de todo saber para toda inteligencia deseosa de
adquirirlo” (Universidad y democracia, Editorial Claridad,
Buenos Aires, 1928, páginas 21, 22, 41 y 43).
Se debe construir la pirámide educacional de nuestro
país con base ancha, porque cuanto mayor sea la base,
su cúspide podrá elevarse sin artificialidad
sobre una estructura más sólida e inamovible.
La universidad es un instrumento de la acción social.
Se inscribe en el programa general de la educación,
y es por naturaleza la base de toda la formulación
política. Por eso, detrás de cada idea educativa,
en nuestro caso, de cada propuesta para la universidad, existe
una concepción ideológica y no el análisis
neutro de un problema social. Por eso parece del caso, ampliar
algunos pensamientos que están más allá e
lo estrictamente coyuntural, como los de Jacques Delors,
que es el presidente de la Comisión Internacional
sobre la Educación para el Siglo XXI.
Partiendo de que “Tres grandes crisis constituyen
el telón de fondo en que se inscribe la reflexión
de la comisión: la crisis económica, la que
afecta a la ideología del progreso y cierta forma
de crisis moral”, señala que los pilares de
la educación son: “Aprender a conocer, aprender
a actuar, aprender a vivir juntos y aprender a ser”.
Dice el político y economista francés que la
educación durante toda la vida debe estar en el centro
de la sociedad, y agrega: “Es más, conviene
que la escuela le inculque aún más el deseo
y el placer de aprender, la capacidad de aprender a aprender,
la curiosidad intelectual. Tendríamos que imaginar
incluso una sociedad en la que cada individuo fuera alternativamente
educador y educando”.
Delors se pronuncia contra las limitaciones en el acceso
a la universidad; “ ...una selección cada vez
más rigurosa no puede ser una solución política
y socialmente aceptable”. “Es preciso, pues,
lograr un desarrollo de los efectivos universitarios en consonancia
con la reforma de la enseñanza secundaria”. “ ...el
perfeccionamiento del sistema educativo – concluye – exige
que el político asuma todas sus responsabilidades.
En efecto, no puede dejar que las cosas marchen por sí mismas
como si el mercado fuera capaz de corregir los defectos o
como si bastara para ello una especie de autorregulación.
A las autoridades públicas incumbe el deber de planear
claramente las opciones y, tras una amplia concertación
con todos los interesados, elegir una política pública
que trace las orientaciones, siente las bases y establezca
los ejes del sistema y garantice su regulación a costa
de las adaptaciones necesarias” (“Formar a los
protagonistas del futuro” en el Correo de la UNESCO,
París, abril de 1996, páginas 6 y siguientes).
Los cuestionamientos a la autonomía universitaria
de la misma manera que las ideas limitacionistas al ingreso
a la universidad y peor aún los cupos, no sirven a
los objetivos educativos que el país necesita. Todas
estas políticas han sido desarrolladas por los gobiernos
antidemocráticos, que sólo atendieron y sostuvieron
los intereses de las clases económica y socialmente
dominantes de nuestra sociedad Jamás se inspiraron
en principios de solidaridad o de justicia social. Puede
cualquier ciudadano de buena fe pensar que el arancelamiento
y los cupos son necesarios para que tengamos una universidad
mejor; pero no es así, al menos en nuestra experiencia
histórica. Estos mismos valores – retrógrados
al fin – fueron los que subyacían en la desdichada
intervención a las universidades nacional es decretada
por la dictadura de Onganía el 28 de julio de 1966
(“ La noche de los bastones largo”, verdadero
genocidio intelectual argentino, que destruyó a la
universidad pública) y esa misma fue la idea que movió a
la aberrante dictadura instalada el 24 de marzo de 1976.
La universidad nada mejoró con eso, por el contrario
se degradó, se distanció de las reales necesidades
del país y lo que es más patético, bajó sensiblemente
su nivel académico, como sucede con lógica
de acero, en cada uno de estos casos. Pero lo más
doloroso, es que dejó a muchos jóvenes con
la frustrante de acceder a un estudio.
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